2 de agosto de 2013

Decreto 993/13 sobre Doblaje en Televisión


Leí demasiadas tonterías en las redes sociales y en algunos medios de comunicación, sobre el Decreto 933/13, relacionado al Doblaje en las transmisiones televisivas. Ahora bien, muchos se quejaban de que ahora no iba a haber más series en ingles y no se qué cosa, que todo iba a estar doblado al "argentino" y demás. 

Por mi parte, me quedé en el molde... no dije ni que si, ni que no... manifesté no estar al tanto, hasta no leer el respectivo decreto.

Lo acabo de hacer, tarde para la moda de la "agenda mediática" que afecta a todos los argentinos. Me encontré, en el Artículo 1º de dicho decreto, que hay excepciones. Textualmente dice: "La programación que sea emitida a través de los servicios de radiodifusión televisiva contemplados por la Ley Nº 26.522, incluyendo los avisos publicitarios y los avances de programas, debe estar expresada, en el idioma oficial o en los idiomas de los Pueblos Originarios, con las excepciones previstas en el artículo 9° de dicha ley."

Mmm, me sonaba esa Ley a la que recurre el artículo y fui a buscarla... PUES CLARO! La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Entonces derechito me dirigí al Artículo 9º de la misma, donde habla sobre el "Idioma", en el inciso c) de dichas excepciones, me encontré con ésta: "Programas que se difundan en otro idioma y que sean simultáneamente traducidos o subtitulados."

Conclusión: Es más fácil repetir como opinión lo que los controladores de la "Agenda Mediática" nos dice qué pensar, en vez de ir a buscar las fuentes e interiorizarse en las cosas...